viernes, 4 de junio de 2010
Un proceso judicial viciado, que busca evadir la verdad
COMUNIDAD M A P U C H E
RANKILKO
Esta verdad solo busca abrir una esperanza, frente a la mentira.
Prisionero Político Mapuche. Lorenzo Alex Curipan Levipan
La comunidad Mapuche Rankilko, a continuación muestra una reseña del proceso del dirigente Mapuche Lorenzo Alex Curipan Levipan, quien tendrá juicio simplificado, para el lunes siete de junio, en el tribunal de garantía de Angol. En el que abordara una primera parte de acusación, es decir por los delitos de usurpación violenta y desorden público y mientras que el delito de incendio se llevara a juicio oral, para el 15 de julio del presente año. El dirigente Lorenzo Alex Curipan Levipan, quien lleva siete meses encarcelado. Ha tenido su propio proceso, al igual que muchos de los Mapuche que han tenido que lidiar con tal sacrificio, por el legítimo derecho de recuperar un tierra y al mismo tiempo que intentan liberar a su gente.
El lunes 26 de octubre 2009: Es detenido por carabinero en el camino público de la comunidad Ignacio Lemun, y posteriormente trasladado hasta las inmediaciones del fundo San Sebastian, predio reivindicado por la comunidad Requem Pillan, al latifundista Sergio Gonzáles Jarpa, el mismo predio don fue acecinado Jaime Mendoza Collio. Predio que queda a unos 10 Km. de la ciudad de Collipulli, y a 24 kilómetros de Angol, novena región de la Araucanía. Durante la detención de Alex Curipan, en todo momento fue golpeado por carabineros, y obligado a caminar por las orilla de un bosque que se estaba quemando. Posteriormente dos horas después es recién traslado hasta el hospital de Angol para constatar lesiones, y luego es llevado a la camisería de la misma ciudad. Una vez en el calabozo, a las tres de mañana aproximadamente, dos carabineros de SIP, entraron a su celda, primero lo amenazan y posteriormente a golpes le quitaron la ropa, argumentando que era una orden del juez de turno el requisarle sus prendas de vestir. Quedando desnudo hasta la mañana siguiente y solo asta 30 minutos antes de entrar a la audiencia del día 27, le facilitaron un pantalón buzo, de color negro con franjas blancas, prendas con las que se presento a la audiencia de control de la detención.
El martes 27 de octubre 2009: Se realiza el control de la detención y el fiscal Luis Chamorro, solicita al juez de garantía del tribunal de Angol, que se aplace la detención asta el día miércoles 28 de octubre. Por que según el fiscal, no se contaba en el momento, con todos los informes de parte de las policías, como para realizar una acusación bien fundamentada y como medios de prueba para fundamentar o conseguir que su solicitud sea considerada, presenta cuatro fotografías de personas encapuchadas, que según el fiscal, entre esas personas se encontraba Alex Curipan, esto acompañado de tres fotografías de unas quemas de ramas de un bosque de la forestal Mininco, argumentando que según su apreciación, harían presumir que Alex Curipan era autor material de ese hecho. Sin embargo, el fiscal, nada dijo de las agresiones que el detenido recibió durante la detención, o de la incautación de la ropa durante esa noche en la camisería, que según los carabineros de la SIP, eran órdenes directas del juez garantía.
Sin embargo Alex Curipan, presento la denuncia por los golpes y explico que su detención era una equivocación o intención de carabineros para culparlo de hechos en los que no a tenido participación, ya que en el momento que fue detenido, él venia de la casa del primo José Cabrapan, de la comunidad Juan Collio. Y lejos de los hechos sobre los que el fiscal hace su acusación y además agrega que fue golpeado por carabineros y que se le sustrajo su ropa, durante la noche mientras estaba detenido y los que realizaron la incautación fueron dos carabineros de la Sección de Investigaciones Policiales SIP.
Mientras que el tribunal sin considerar la denuncia, da lugar para acoger la solicitud del fiscal, argumentando políticamente sobre los hechos, “que durante los últimos días en la región han sucedido situaciones de convulsiones violentista, por el llamado problema indígena” y “esto a juicio del tribunal, ello debe su origen a la llamadas demandas de tierras de la comunidades mapuche” a demás agrega que, “no es resorte de los tribunales de justicia resolver este problema, si no de las autoridades políticas del Estado”….. Y continua diciendo; “Sin embargo la situación presentada por el fiscal, a juicio de este tribunal, se en marca dentro de ese contexto y que para tener mas antecedentes sobre el caso y resguardar a la ciudadanía se acoge la petición del fiscal, de aplazar la detención del imputado asta mañana miércoles 28, del mismo mes”. De esta forma es Alex Curipan es trasladado hasta la cárcel de Angol, a espera de la acusación para el día siguiente.
El miércoles 28 de octubre del 2009: Se realiza la audiencia a las 11:00hrs. de la mañana. El fiscal presento en principio lo mismo que el día anterior, pero a medida que se desarrolla la audiencia, el fiscal muestra al juez que tiene un informe de carabinero, que consistía en un set de fotografía y el testimonio de 10 testigos, entre los cuales se encontraba Sergio Gonzáles Jarpa, los carabineros que custodian su predio, mas los carabineros que participaron de un desalojo, incluido los que detuvieron Alex Curipan y le suma a todo esto, un testigo con identidad reservada, (Testigo protegido) como el testigo clave del delito de incendio. Dentro del set de fotografía, presenta dos fotos con personas encapuchadas y con las vestimentas de Alex Curipan, las mismas vestimentas que le incautaron la noche anterior mientras estaba detenido. Estas fotografías que durantes el control de la detención del día martes 27 de octubre, no se mencionaron o exhibieron al tribunal. Solo aparecieron al tercer día del proceso y con evidente manipulación técnica de la fotografía. Con estos antecedentes, evidentemente manipulado, el tribunal decreto la detención preventiva por dos meses para Curipan, mientras se desarrolla la investigación. A esa altura ni Alex Curipan, ni la comunidad Rankilko, se explicaban lo sucedido y lo que posteriormente se desencadenaría.
El lunes 4 de enero 2010: Primera audiencia de revisión de medida cautelar, la defensa presenta ante el tribunal antecedentes que permitían demostrar que Lorenzo Alex Curipan, el día de los hechos se encontraba en otro lugar y que mientras se trasladaba a asta su casa fue detenido por carabinero, quienes lo posteriormente lo culpan del incendio que había en el fundo el carmen de la empresa forestal Mininco. Pero la evaluación jurídica del juez, se repite nuevamente, su criterio solo deja ver que su intención ya es un asunto de partidismo en la causa de Lorenzo Alex Curipan, con esto el fiscal continúa haciendo su afirmación con relevante contradicción. Afirma incluso que “Lorenzo Alex Curipan, el día del hecho portaba una escopeta, junto a los otros tres de sus acompañante. Según lo afirma el testigo Sergio Gonzáles Jarpa, quien a distancia de unos 900 metros aproximadamente lo ve”. Mientras que otros tres testigos ven a esas mismas tres personas, pero sin escopeta y con rostro cubierto, sin reconocer al imputado, aun estando a menos de 50 metros de ellos”. Pero estas contradicciones no fueron suficiente para demostrar que la acusación tiene su vicio y que esta dirigida intencionalmente por el abuso del poder judicial, contra Alex Curipan.
El miércoles 10 de marzo 2010: Lorenzo Alex Curipan Levipan, es notificado en la cárcel, de una segunda causa en su contra, por el delito de usurpación no violenta, en los predios de la empresa forestal Arauco. La causa a de mas involucra a 12 miembros de la comunidad Mapuche Rankilko y Antonio Panitrur. Los hechos corresponden al 19 de marzo del 2009, cuando la comunidad demandaba al gobierno de turno mas agilidad en la demanda de tierra y soluciones para apaliar el problema de la sequía, que afectaba a diferentes comunidades Mapuche en la zona, esta situación hace que las comunidades mapuche deciden viajar asta la gobernación de Angol, para conseguir respuesta a esta demandas. Aquí nuevamente el ministerio público involucra Lorenzo Alex Curipan, en una usurpación que nunca existió, dado que ese día el estuvo en la gobernación de Angol, acompañando a los demás dirigentes, antecedentes sobre eso, asta medios de comunicación son testigos. Se repite la misma historia, solo que esta vez, después de un año, la causa toma urgencia repentinamente y tiene fecha para viernes 12 de marzo del 2010, como preparación de juicio simplificado. Por lo que solo quedan dos días para la preparación.
El viernes 12 marzo 2010: Lorenzo Alex Curipan Levipan, es trasladado asta el tribunal de Angol, para presentarse a la audiencia de preparación de juicio simplificado, la que fue suspendida, por no haber sido notificada con anticipación a los imputados, por lo que se fija una nueva fecha, quedando para el 31 de marzo, del mismo mes.
El miércoles 31 de marzo 2010: Lorenzo Alex Curipan Levipan, se lleva a cavo la preparación de juicio simplificado, se presenta por parte de la defensa el antecedente, que demuestran que Alex Curipan, con las otras 11 personas, nunca realizaron ninguna ocupación de predio de la empresa forestal Arauco. Este causa solo busca sumarse a los antecedentes de Alex Curipan y de esta forma mejorar la situación estratégica del fiscal Luis Chamorro, en la causa que depende del tribunal de Angol.
El jueves 1 abril 2010: Lorenzo Alex Curipan Levipan, en conjunto con la comunidad y a abogados de la organización de derechos humanos Liberar, presentó una querella en contra de los efectivos policiales de Carabineros que resulten responsables de los delitos de detención ilegal, apremios ilegítimos, trato vejatorio y obstrucción a la investigación cometidos por funcionarios públicos. La querella, intenta demostrar que la detención de Alex Curipan es una intención de carabinero. Dado que su procedimiento, todo indica que la persona que ellos tenían que detener era a Rodrigo Curipan, contra quien ya espiraba una orden detención, por lo que carabinero se equivoco, pero cuando se dieron cuenta, no pudieron hacer otra cosa, que montar una historia, para culpar Alex Curipan de algo.
El martes 27 de abril- 2010: Se celebra la segunda audiencia de revisión de la medida de cautelar, la defensa se plantea la posibilidad de revertir la actual medida cautelar, por otra de reclusión nocturna domiciliaria, por lo menos asta la celebración del juicio. Esto por los antecedentes los cuales permitían demostrar que Alex Curipan, no constituye una amenaza para la ciudadanía, para cual se exhibieron al tribunal documentos que mostraban que Alex Curipan, no tuvo participación en los hechos que se estaban imputando. Que como dirigente Mapuche, siempre mantuvo intención de dialogar y que encada negociación se mostró partidario de lo mismo. Sin embargo, la defensa de los derechos colectivos constituye, sin duda, la mejor estrategia para recuperar las tierras. Por lo que la solidaridad con las comunidades aledañas siempre estuvo. Para lo cual se presento un informe de arraigo social, un estudio antropológico, además de peritajes, que demostraban en esta primera instancia, las dudas sobre la acusación del fiscal. Pese contar con antecedentes sólidos a favor, el juez desestima antecedentes y mantiene la medida de detención preventiva por dos meses mas.
El Miércoles 11 de mayo de 2010: Se lleva a cabo la Segunda Audiencia de preparación de Juicio Oral en contra del dirigente Mapuche Lorenzo Alex Curipan Levipan, a las 10:30 hrs. en el tribunal de garantía de Angol. En principio esta audiencia de preparación, se debió desarrollar el mismo día 27 de abril, cuando se solicitaba por segunda vez, la revisión de la medida cautelar. La razón por la que se suspendió la preparación de juicio oral, no es por una situación que tenga que ver, con una casualidad o con el exceso de audiencia programada, para dentro de un mismo día. La razón se debe a que dentro de todo el proceso de la investigación el mismo fiscal realizo más de cuatro peritajes tanto químicos, topográficos y fotográficos. Cada uno de estos peritajes no estaban en conocimiento de la defensa, todo indica que por su contenido, estos documentos nunca llegaron a tiempo a la defensa para su respectivo estudio, situación de la que se entero la defensa solo 20 minutos antes de entrar a la audiencia de preparación de juicio oral el día 27 de abril. Los antecedentes que premeditadamente e intencionadamente escondió el fiscal Luis Chamorro, tienen hoy para Alex Curipan, una clara demostración que el montaje que carabinero creo, en conjunto con el ministerio publico y el latifundista Sergio Gonzáles Jarpa, comienza a perder fuerza. Dentro de esta misma audiencia, el juez del tribunal de garantía Angol, decide dividir la causa en dos parte. Que los delitos de desordenes públicos y usurpación violenta, sean debatido en un juicio simplificado, esto porque las penas son muy bajas, mientras que el delito de incendio será debatido en un juicio oral.
Esta situación puede sin duda, demostrar que la manipulación del poder judicial, para conseguir el objetivo de represalia, contra el imputado que indefenso, nada puede hacer, contra esa nefasta tiranía. Sin embargo para demostrar que los derechos sobre que se lucha, debe existir también las condiciones de a aceptar, tal sacrificio. Sin embargo es de considerar la posibilidad de que estos tribunales de justicia, no evalúen positivamente los antecedentes, en que se demuestra que Alex Curipan, es victima de este montaje judicial. Pude entonces quedar en manos de la verdad y la justicia que tarde o temprano, cabe sobre los que tienen la razón.
El viernes 14 de mayo: Lorenzo Alex Curipan Levipan, es traslado hasta el tribunal garantía de Collipulli, para afrontar el juicio simplificado, por usurpación no violenta, contra la empresa forestal Arauco. Junto Alex Curipan, se presentan otros integrantes de la comunidad Mapuche Rankilko y comunidad Mapuche Antonio Panitrur, el juicio fue suspendido ese día, quedando fijada una nueva fecha para el día 25 de junio, del presente año.
El miércoles 26 Mayo 2010: Se realiza preparación de juicio simplificado, sin comunicarle a la familia, menos a la comunidad. En principio la audiencia debía desarrollarse el jueves 27 de mayo, pero el tribunal de garantía de Angol cambio la fecha de esta audiencia repentinamente, dejando a la familia y la comunidad sin la posibilidad de concurrir a presenciar la audiencia y prestar el debido apoyo al dirigente Mapuche. Desde esa fecha, tanto Alex Curipan como la comunidad Rankilko, esta a espera del primer juicio simplificado para el día 7 de junio, por desorden publico, usurpación violenta, por el predio San Sebastian, y para 15 de julio el juicio oral, por el delito de incendio en el predio de la forestal Mininco.
La manipulación de los tribunales de justicia en los casos en que están involucrado integrantes del pueblo Mapuche, se hace evidente la falta de parcialidad con que hacen las apreciaciones jurídicas los encargados de establecer una sentencia absolutoria o condenatoria. Esa permanente intención de establecer un método escarmiento a modo de castigo, para un pueblo que en el sur de America latina, tiene hambre de de libertad y se atreve a denunciar los abusos y los atropellos, de la que son victimas por parte sus opresores colonialistas.
A juicio de lo común o a criterios de cualquier persona, que con o sin conocimiento jurídico, puede apreciar aquí un montaje, con la firme intención de perseguir judicialmente a una persona, por su condición, de Mapuche. Mas aun cuando la decisión del juez se en marca en un contexto de carácter político, racista y con claridad absoluta de persecución política judicial.
La comunidad Mapuche Rankilko, considerando todo y cada una de las circunstancias y los hechos que rodean este caso y consiente que aun falta el veredicto final, para que nuestro dirigente recupere su libertad, mas aun cuando todavía le quedan dos causas pendiente. Previamente debemos dejar de manifiesto, que los hechos oscuros que cercan este caso, es sin duda el mismo modo operandi que el ministerio público, utiliza en otros casos, aun con mas medios y mas racismo. La misma práctica racista que realiza contra diferentes luchadores Mapuche o no Mapuche. Una institución en cargada de ser el centro de operaciones, de persecución política y militar, contra el pueblo Mapuche en el sur de America.
Al momento de tratarse de gente que manifiesta su razón y su condición ser ante el mundo, tiene como consecuencia mas inmediata, la represión. Aun cuando se sabe con claridad que la lucha del pueblo Mapuche, es y será la lucha que permanente mantendrá al Estado chileno en la incertidumbre de su condición de Estado.
Comunica: LOF RANKILKO.
Wall-Mapu: MALLEKO
viernes 04 de junio, 2010.
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